El IMI - Impuesto Municipal sobre Inmuebles, es un impuesto que grava el valor imponible de los inmuebles (rústicos, urbanos o mixtos) situados en Portugal, cuya recaudación revierte a los respectivos municipios.
Según la legislación vigente, el IMI es pagadero por cualquier persona que sea propietaria, usufructuaria o superficiaria de un inmueble a 31 de diciembre del año al que se refiera. En el caso de las sucesiones indivisas, el IMI lo paga la sucesión indivisa representada por el cabeza de la pareja.
La base imponible de los inmuebles rústicos se determina sobre una base catastral, no catastral o directa y corresponde al producto de su renta territorial por un factor 20, redondeado a la decena de euros superior.
Puede simular la valoración en el sitio web oficial de la Autoridad Fiscal y Aduanera (AT) o en el sitio web Pordata.pt.